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jueves, 9 de octubre de 2014

ATECH DENUNCIA EL INTENTO MINSITERIAL DESDE EL AREA DE INTERCULTURALIDAD, DE LIQUIDAR LA CARRERA DOCENTE








Resistencia, 08 de octubre de 2014.-


                  ATECH DENUNCIA EL INTENTO MINSITERIAL DESDE EL AREA DE INTERCULTURALIDAD,  DE LIQUIDAR  LA CARRERA DOCENTE

La Subsecretaría de Interculturalidad del MECCyT de la Provincia del Chaco –a cargo de la profesora Elizabeth Guadalupe Mendoza-, se dirigió el 22/09/14, por escrito a los miembros deJunta de clasificación de Nivel Terciario para solicitarles,  tengan a bien “analizar” la solicitud planteada por los tutores de la E.P.G.S.I. nº 1 (Escuela de Gestión Social Indígena Nº 1) y las organizaciones de la comunidad del Barrio Toba, referente a la designación de autoridades, profesores y bedeles del nivel terciario, para luego de analizado vuelva el mencionado pedido con la “información pertinente”.
El “análisis” requerido por la Subsecretaria de Interculturalidad, se basa en la A900-08082014-03346 ingresada al Ministerio de Educación, desde tutores de la E.P.G.S.I. Nº 1  y organizaciones de la comunidad del Gran Barrio Toba que solicitan al Ministerio, el trámite y emisión de “resolución” para realizar elecciones de renovación del consejo indígena, en la E.P.G.S.I. Nº 1 del barrio Toba, en lo posible para el mes de septiembre, ya que en octubre son las elecciones del I.D.A.CH.”…
En el ítems segundo, textualmente requieren: “El nuevo Consejo Indígena, en Asamblea con la Comunidad, sea quien DESIGNE, DIRECTIVOS, PROFESORES, BEDELES, AUXILIARES, etc., para ser parte de la PLANTA ORGANICA FUNCIONAL (P.O.F.) del Nivel terciario, solicitamos expresamente NO DAR CURSO a las DISPOSICIONES DE ALTA, del nivel mencionado.
Expresa la nota en cuestión, que lo solicitado obedece a,  “nuestra legítima participación directa”, en la EDUCACION, de nuestros hijos, “tal lo establecen las siguientes normas jurídicas”… como la Constitución Nacional, el Convenio 169 de la O.I.T., la ley 23302 de Política Indígena y apoyo a las Comunidades Aborígenes, Ley 3258 de las Comunidades Indígenas, Constitución de la Provincia del Chaco, Ley 4449 –General de Educación”.
La ATECH, en primer lugar expresa su honda preocupación por la arbitrariedad con que la cartera educativa y especialmente,  el área de Interculturalidad en el tema,  pida “opinión”, cuando la propia Subsecretaría,  debería responder de manera espontánea, a semejante requerimiento para hacer saber, que más allá de las buenas intenciones, hay un ordenamiento jurídico que respetar y que casualmente se omite en la puntualización de las “normas jurídicas” que se mencionan en la solicitud arriba mencionada, -aparte de marcarse erróneamente a la Ley 4449 de educación provincial, cuando dicha norma ya está derogada y la vigente es la 6691/10-, como la omisión que se hace de la ley del Estatuto del Docente, 3529 t.a. y 5125 t.o. –de rango constitucional-,  que legisla nada más ni nada menos que el régimen laboral de los trabajadores de la educación de la Provincia del Chaco. Estatuto del Docente que establece el respeto por el orden de mérito, el ingreso por concursos, traslados , ascensos… dando por tierra con la “designación a dedo” que pretenda realizar un consejo comunitario aborigen o no aborigen.
El Ministerio de Educación, debería responder por motus propio,  y de manera espontánea,  que dicha pretensión resultaría absolutamente conculcatoria del mismo gobierno de la educación en la Provincia, toda vez que la Constitución Provincial en su artículo 81 claramente establece que,  es el Estado Provincial  el que ejerce el gobierno de la educación, y a tal fin organiza, administra y fiscaliza el sistema educativo con centralización política y normativa, descentralización operativa , de acuerdo con el principio democrático de participación. El Ministerio de Educación …elabora y ejecuta la política educativa, asistido por un Consejo de Educación, cuyas funciones serán las de participar en la fijación de las políticas técnico educativas…” En ningún lado agrega la Constitución Provincial“excepto cuando se trate de escuelas de gestión social indígena”… Es más, el Consejo de Educación –órgano de rango constitucional -que asiste al Ministerio,  no tiene carácter vinculante para con ninguna de sus decisiones, como sí pretenden los tutores de la E.P.G.S.I. Nº 1 y organizaciones de la comunidad del barrio Toba tenerlo,  desde su Consejo Comunitario Aborigen para decidir el presente y el futuro laboral de los docentes!. Debería el Ministerio sin vueltas, demagogia, ni politiquería mediante,  responder con claridad que,  lo que integrantes de dicha comunidad pretenden es la vulneración lisa y llana de la Ley del Estatuto del Docente, con el avasallamiento de la carrera docente, en perjuicio del conjunto de los trabajadores de la educación y del sistema educativo mismo, empezando por violentar el gobierno mismo de la educación.
Cabe destacar que, en la petición formulada por los integrantes de la EPGSI y demás organizaciones, lo único que queda claro es lo siguiente:
  1. Una aviesa violación a las normas provinciales respecto de los procedimientos más elementales para proceder a la designación de personal en la administración pública, en este caso, EDUCACIÓN (Ley 3529 t.a. y 5125 t.o.).
  2. Una inobservancia absoluta de los procedimientos legales y jurídicos respecto de la organización del Sistema Educativo Provincial proponiéndose la creación de un sistema paralelo que, obviamente, toma como organización y administración, la decisión de algunos en desmedro del derecho de todos.
  3. En ningún momento de la historia provincial ni a través de ninguna normativa, se intentó, si quiera, fragmentar el sistema educativo realizando atomizaciones de instituciones por características propias –salvo con la combatida, nefasta y felizmente ya derogada Ley Federal de Educación, producto del neoliberalismo salvaje de la época de los ’90-.
Nada amerita, nada justifica,  que se obvien los procedimientos administrativos establecidos y normados para proceder a la administración del sistema educativo, mucho menos cuando se pretende actuar desde la anomia.
La actitud de la Subsecretaria de Interculturalidad del Ministerio de Educación, Profesora Guadalupe Mendoza, cuanto menos es lamentable. Conociendo la normativa vigente y siendo funcionaria de un gobierno democrático,  quiere comprometer a la Junta de Clasificación para que le diera la venia y, de ese modo, proceder a las designaciones ad libitum,  de quien esté de turno. La verdad, es increíble que se llegue a esta situación: desde el propio Estado se incita a no respetar la ley.
La ciudadanía se construye con la inclusión e integración de todos pero, fundamentalmente, respetando el ordenamiento jurídico vigente. Debería saber, si es que no lo sabe aún, la Sra. Subsecretaria, que para cambiar o generar nuevos procedimientos para designar docentes, debe modificarse la ley,  y eso implica el debate necesario, serio ,responsable, comprometido, sin segundos intereses y sin demagogia para lograr nuevas leyes. Le recordamos, además que, un principio elemental del derecho dice  que, cuando una norma sustituye a otra, es porque le nueva es más perfecta y más justa ¿dónde están acá la perfección y la justicia?.
Desde la ATECH reclamamos al Ministerio de Educación, actúe dentro del marco del ordenamiento jurídico vigente, respete los derechos de todos, incluidos los de los docentes. No puede el Estado, con ejemplos concretos demostrar que, en un todo vale, también vale obviar la ley!!!
Por todo lo anteriormente expuesto, la ATECH formaliza en el día de la fecha, la denuncia correspondiente ante la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados de la Provincia, y ante el propio Ministro de Educación de la Provincia, para que intervenga de manera inmediata ante tamaño accionar de la Subsecretaría de Interculturalidad.

P/D: SE ADJUNTAN NOTAS EN CUESTION.



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