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martes, 30 de septiembre de 2014

ATECH CONVOCA A NUEVO PARO DOCENTE PARA MIERCOLES Y JUEVES


A.T.E.CH. ES LUCHA LUCHE CON A.T.E.CH. PARO MIERCOLES Y JUEVES 1 Y 2 OCTUBRE 2014

    






 Resistencia, 27 de septiembre de 2014.-


ATECH CONVOCA A NUEVO PARO DOCENTE PARA MIERCOLES Y JUEVES


Ante la total falta de respuestas al reclamo salarial docente por parte del gobierno, la ATECH convoca a un nuevo paro docente por 48 horas, para los días MIÉRCOLES 1 y JUEVES 2 de octubre próximos.
El eje central del reclamo,  es el de un incremento salarial para el segundo semestre del año en curso, que permita recuperar el poder adquisitivo pulverizado por la inflación reinante y que crece a diario, situación que se ve agravada por el incremento insuficiente del 25 % impuesto por decreto gubernamental para todo el año y en cómodas cuotas, cuando la inflación que se prevé para este 2014 superaría sin más el 40 %. Incremento insuficiente del 25 % que finalmente luego de catorce semanas de conflictos, paros, movilizaciones y represiones salvajes de por medio ordenadas por el poder político de turno, hemos logrado encuadrarlo en el primer semestre del año, requiriendo se abra la discusión salarial en el pasado mes de julio para establecer una recomposición de los magros haberes para el segundo semestre.
La ATECH ratifica su firme convicción de las posibilidades financieras ciertas con las que cuenta la Provincia para responder positivamente al reclamo legítimo y justo de los trabajadores y de los trabajadores de la educación en particular, con el crecimiento considerable de la coparticipación federal –reivindicada por el propio Gobierno-, la recaudación provincial que también han crecido-, el desahogo financiero que representa la refinanciación de la deuda pública…lo que pone de manifiesto que la falta de respuestas gubernamentales no responde a imposibilidad económica, sino a la falta de voluntad y de decisión política de quienes gobiernan para destrabar y resolver los conflictos particularmente salariales que nos van sumiendo a pasos agigantados a los asalariados en una acuciante situación socioeconómica.
El Gremio repudia una vez más la política persecutoria desatada por el Gobierno a través de la cartera educativa para con los educadores chaqueños que no nos resignamos a convivir con la miseria y la pobreza pergeñada por las autoridades con poder de decisión para con quienes menos tenemos.


EL MIERCOLES A LA LEGISLATURA A RECLAMAR LA RECUPERACION DEL RETIRO DOCENTE


Para el día miércoles, primera jornada del nuevo paro docente, la ATECH convoca a los colegas docentes a asistir a la Cámara de Diputados para reclamar que se trate y defina positivamente la recuperación del retiro voluntario que teníamos los docentes chaqueños antes del dictado de la ley de emergencia provisional. A partir de las 15 horas, la concentración será en la sede de la Legislatura sita en Brown 520 de la capital provincial.
La ATECH ratifica por último su posición, respecto a la definición del retiro reclamado, que debe ser permanente, voluntario y no obligatorio. A su vez subraya que en absoluto debe ser para barrer del sistema a los docentes que se encuentran con tareas pasivas.

ATECH RATIFICA PARO DE MIERCOLES Y JUEVES 1 y 2 DE OCTUBRE CONCENTRACION A LAS 14,30 EL MIERCOLES EN LA LEGISLATURA PARA RECLAMAR SE


Resistencia, 30 de septiembre de 2014.-
 ATECH RATIFICA PARO DE MIERCOLES Y JUEVES 1 y 2 DE OCTUBRE
CONCENTRACION A LAS 14,30 EL MIERCOLES EN LA LEGISLATURA PARA RECLAMAR SE 
DEVUELVA EL RETIRO A LOS DOCENTES
La ATECH, tal lo anunciara durante el fin de semana último, ratifica la convocatoria al paro 
docente para los días miércoles y jueves de esta semana. Medida de fuerza que se cumplirá 
ratificando el reclamo central, que tiene como eje, el de la recomposición salarial para este 
semestre, con el fin de hacer frente al deterioro del poder adquisitivo de los sueldos generado 
por la inflación galopante.
Cabe recordar que el Ejecutivo provincial impuso un decreto de un irrisorio 25 % de 
incremento para todo el año y en cómodas cuotas frente a una inflación que para el presente 
año se presume va a superar el 40 %, lo que claramente evidencia el ajuste feroz pergeñado 
por el Gobierno para con los asalariados, que históricamente soportamos todos los pesos de 
las crisis habidas y por haber.
En la primera parte del año fueron 14 (catorce) semanas de paros, movilizaciones y 
represiones gubernamentales salvajes como las del 7 de mayo y la del 4 de junio, lucha que 
llevó a lograr acortar las cuotas del irrisorio 25 %, pero reclamando se abriera la discusión 
salarial en julio último para fijar un nuevo incremento para este semestre, lo que aún no ha 
sido respondido y que acarrea como consecuencia para con el sector de la educación, 44 
(cuarenta y cuatro) días de paros a la fecha, sin ninguna otra reacción del Gobierno más que 
la de la persecución y el apriete –desde la cartera educativa- a los docentes ,que a pesar de 
ello adhieren mayoritariamente a las medidas de fuerza, ratificando la legitimidad y justicia del 
reclamo salarial ignorado por un gobierno sordo, autoritario y absolutamente divorciado de los 
intereses y derechos del pueblo chaqueño en su conjunto.
CONCENTRACION ESTE MIERCOLES EN LA CAMARA DE DIPUTADOS
La ATECH convoca a los docentes a concentrarse a partir de las 14,30 en la Legislatura 
provincial sita en Brown 520, particularmente a los colegas del Departamento San Fernando, 
para reclamar a los diputados la aprobación del retiro docente, lo que se traduciría en un acto 
de estricta justicia.

ATECH DENUNCIA ACCIONAR PERSECUTORIO DE LA DIRECCION DE LA ESCUELA No 291 DE LA TIGRA CIRCULAR 38 CON LA QUE INTENTA HACER DECIR AL ESTATUTO DEL DOCENTE LO QUE NO DICE!!!

ATECH DENUNCIA ACTITUD PERSECUTORIA DIRECCION EEP 291 LA TIGRA PRETENDIENDO EXIGIR LO QUE LA LEY NO EXIGE...
Resistencia, 30 de septiembre de 2014.-

ATECH DENUNCIA ACCCIONAR PERSECUTORIO DE LA DIRECCION DE LA ESCUELA No 291 DE LA TIGRA
CIRCULAR 38 CON LA QUE INTENTA HACER DECIR AL ESTATUTO DEL DOCENTE LO QUE NO  DICE!!!
La “Circular” No 38 de la dirección de la Escuela Primaria No 291 de la localidad de La Tigra, es 
totalmente arbitraria e ilegal, reñida con la legislación vigente por citar, en forma caprichosa 
y falaz, articulado de la ley 3529 –Estatuto del Docente- que tiene rango constitucional. 
Lo expresado, por tratarse de un directivo de un Establecimiento Educativo –empleado 
jerarquizado- que NO debe desconocer la legislación vigente en materia laboral de su personal 
a cargo, agrava el dictado de la circular denunciada, desconociendo además sus derechos y 
obligaciones, dispuestos en la Resolución No 1000/92 MECCyT. El artículo 329 del Estatuto del 
Docente citado en dicha circular, como “fundamento persuasivo” de que se debe cumplir lo 
que “ordena” a través de ella, se refiere al informe sobre comunicación de licencias, permisos, 
tardanzas y de todas aquellas situaciones fortuitas, vinculadas a lo anteriormente indicado 
que impidan concurrir al dictado de clases, pero, ni siquiera, en dicho artículo estatutario y su 
reglamentación, se indica que deben ser comunicadas con antelación las situaciones antes 
mencionadas, estableciéndose plazos posteriores inclusive, para tales comunicaciones; mucho 
menos el artículo 329 de la ley 3529, -citado en la circular, por la Dirección de la Escuela 
291 de LA TIGRA, Se refiere a informes comunicación de adhesión o no, del colega docente a 
medidas de fuerza o a paros-, garantizando la ley, el ejercicio del derecho constitucional de 
huelga, derecho protegido inclusive por pactos internacionales y leyes específicas, por lo que, 
cotejar con una circular totalmente reñida con lo anteriormente señalado desde el punto de 
vista legal representa un absurdo total. 
Por todo lo antes dicho, la ATECH recomienda a los colegas docentes a estar atentos 
ante estas maniobras repudiables, de algunos directivos, que atentan contra derechos 
constitucionales, casualmente, derechos –cuyos resguardos- enaltecerían su función.

viernes, 26 de septiembre de 2014

martes, 23 de septiembre de 2014

ATECH RATIFICA PARO DE MIERCOLES Y JUEVES 24 Y 25 DE SEPTIEMBRE

                                                                               

     
Resistencia, 23 de septiembre de 2014.-

            ATECH RATIFICA PARO DE MIERCOLES Y JUEVES 24 Y 25 DE SEPTIEMBRE

La ATECH, tal lo anunciara durante el fin de semana último, ratifica la convocatoria al paro docente para los días miércoles y jueves de esta semana. Medida de fuerza que se cumplirá ratificando el reclamo central, que tiene como eje el de la recomposición salarial para este semestre, con el fin de hacer frente al deterioro del poder adquisitivo de los sueldos generado por la inflación galopante.
Cabe recordar que el Ejecutivo provincial impuso un decreto de un irrisorio 25 % de incremento para todo el año y en cómodas cuotas frente a una inflación que para el presente año se presume va a superar el 40 %, lo que claramente evidencia el ajuste feroz  pergeñado por el Gobierno para con los asalariados, que históricamente soportamos todos los pesos de las crisis habidas y por haber.

En la primera parte del año fueron 14 (catorce) semanas de paros, movilizaciones y represiones gubernamentales salvajes como las del 7 de mayo y la del 4 de junio, lucha que llevó a lograr acortar las cuotas del irrisorio 25 %, pero reclamando se abriera la discusión salarial en julio último para fijar un nuevo incremento para este semestre, lo que aún no ha sido respondido y que acarrea como consecuencia para con el sector de la educación, 42 (cuarenta y dos) días de paros a la fecha, sin ninguna otra reacción del Gobierno más que la de la persecución y el apriete –desde la cartera educativa- a los docentes ,que a pesar de ello adhieren mayoritariamente a las medidas de fuerza, ratificando la legitimidad y justicia del reclamo salarial ignorado por un gobierno sordo, autoritario y absolutamente divorciado de los intereses y derechos del pueblo chaqueño en su conjunto.

ATECH EN LA COMISION DE EDUCACION POR LA CONCENTRACION HORARIA A PESAR DE NO HABER ESTADO CONVOCADA…

Resistencia, 23 de septiembre de 2014.- ATECH EN LA COMISION DE EDUCACION POR LA CONCENTRACION HORARIA A PESAR DE NO HABER ESTADO CONVOCADA… A pesar de no haber estado invitada esta Organización Sindical para la reunión del día de la fecha, de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados de la Provincia, su conducción provincial encabezada por la Secretaria general, Rosa Petrovich y el secretario Adjunto primero, Raúl Collazo, se llegó hasta la misma para requerir respuesta, a las varias solicitudes de audiencia que había hecho llegar el Gremio en reiteradas oportunidades, desde algunos meses a esta parte, para exponer en el seno de la misma, los numerosos anteproyectos de ley de autoría de ATECH, que cuentan con el apoyo de miles de colegas docentes que los han ratificado a través de firmas que a su vez, fueron elevadas oportunamente con los proyectos en cuestión. Proyectos como, el de la actualización del porcentaje de la bonificación por zona (congelado por la ley del nomenclador a la que ATECH se opusiera con los argumentos correspondientes y con un proyecto propio, diametralmente opuesto que jerarquizara la labor docente); proyecto de pago de la bonificación por título docente; proyecto de establecimiento de licencia extraordinaria por artículo 321 –con goce total de haberes- para los docentes que habiendo gestionado en tiempo y forma su certificación de servicios y aportes correspondientes, ante el Ministerio de Educación, sufren la demora inusitada que es de conocimiento público; proyecto propio de retiro docente que representara el carácter de permanente y no temporario, voluntario y no obligatorio, con la posibilidad de jubilación del docente y la actualización y corrección del rubro antigüedad; entre otros proyectos de autoría de la Entidad Sindical. Respecto de los anteproyectos Nº 3297/14 y 3298/14 de autoría del Ministerio de Educación referidos a la concentración horaria y a los cambios curriculares en el nivel medio, respectivamente, -temas de tratamiento de la Comisión, este martes- ATECH –a pesar de no haber estado invitada y con las disculpas de la señora Presidenta, que expresó que había sido un malentendido por responsabilidad suya el tema de las invitaciones cuando se encontraban presentes funcionarios de educación e integrantes de la mayoría de los gremios que conforman la Coordinadora de Gremios Docentes-, ratificó las objeciones y contrapropuestas, a la misma Comisión de Educación, que en fecha 12 del corriente mes y año presentara formalmente, e hiciera pública. La ATECH reiteró que está totalmente de acuerdo con la concentración horaria, pero expresó sus reparos respecto del proyecto oficial, en razón de considerar que no respeta en lo más mínimo la Ley del Estatuto del Docente, y que lo que establece en su artículo 7º el Estatuto, se refiere a la concentración que establece el mismo Estatuto al momento de su sanción, y no a un proyecto de ley, donde el Ministerio de Educación “deberá” realizar la concentración horaria, sin establecer taxativamente con qué acciones se resolverían las situaciones para lograr la concentración aludida. En ningún momento, planteó ATECH, estar de acuerdo con plantear que la resolución de la concentración vaya a ser a través de medidas excepcionales no determinadas en la ley, por lo que esta Entidad considera que de este modo la concentración horaria se traduciría en un simple deseo, o la posibilidad de una ley totalmente discrecional en manos del Ministro de turno. Por último, la ATECH considera que la concentración horaria debe entenderse como un derecho para el colega docente plasmado en la ley, la que debe ser optativa, por lo que la que resultare, dé al docente la posibilidad de elegir o acceder o no, a lo que ella indique. También agregó que considera que el contenido de lo que se legisle respecto a la concentración, debe estar dentro de la Ley del Estatuto del Docente, en un capítulo especial.

martes, 16 de septiembre de 2014

fechas concursos -inicial bibliotecas - 2014

LEY PREVISIONAL ARTICULOS A MODIFICAR

TITULO II – RECURSOS


CAPITULO I – CONDICIONES INHERENTES A LOS FONDOS
                        DERECHOS DE LOS APORTANTES


ARTICULO 30: Las prestaciones que acuerda el InSSSeP beneficiarán a las personas que han contribuido por leyes anteriores y contribuyan a la formación de los fondos de:
  1. La Caja de Jubilaciones, retiros y pensiones;
  2. La Caja de Obra Social y de Alta Complejidad;
  3. C) La Caja de Seguro Social, Préstamos y Subsidios reintegrables, como asía a sus causahabientes, en las condiciones que determina la presente ley y su reglamentación.


                          DEPOSITO DE LAS RECAUDACIONES


ARTICULO 31: las recaudaciones ingresadas al amparo de la presente ley, deberán depositarse en el Nuevo banco del Chaco Sociedad Anónima o la Entidad Financiera que lo sustituya, a la orden del Organismo, en la cuenta que legalmente correspondiere a cada caja, dentro de los plazos establecidos en la respectiva norma.


                            ACTOS PROHIBIDOS


ARTICULO 32.- En ningún caso el Directorio ni cualquiera de sus miembros podrán autorizar o permitir gastos o inversiones con fondos destinados a las respectivas cajas de la Entidad, que fueren extraños a las normas y finalidades de esta ley. Quedan expresamente prohibidas las transferencias o compensaciones de partidas de fondos entre las cajas creadas por el artículo 30. La comisión de tales actos hará personalmente responsable administrativa, civil y penalmente a cada uno de sus actores.


………….


                         CUENTAS SEPARADAS DE LOS SERVICIOS


ARTICULO 36: Los recursos del InSSSeP se contabilizarán separadamente y serán depositados en las cuentas de las cajas respectivas.
                          A tal efecto el Organismo operará con los fondos de:
  1. Fondo de la Caja de Jubilaciones, retiros y pensiones;
  2. Fondo de la Caja de Obra Social y Alta Complejidad;
  3. Fondo de la Caja de Seguro Social, Préstamos y Subsidios Reintegrables.


……………..


                        DEL CONSEJO ASESOR


ARTICULO 21:  El Consejo Asesor estará integrado por los representantes de las entidades sindicales, asociaciones, agremiaciones, federaciones o confederaciones, reconocidas en el ámbito provincial de los trabajadores en actividad, debidamente inscriptas en el Registro Especial que funciona en la Dirección provincial del trabajo y de las Asociaciones o Entidades de Jubilados, Retirados y pensionados de la Provincia, de primer o segundo grado, con personería jurídica. Formarán parte los funcionarios de las distintas áreas que designe el Directorio. Los síndicos podrán participar de las deliberaciones del Consejo Asesor.
                            Cada Entidad estará representada por dos 2) delegados: uno titular y uno suplente, durarán cuatro años en sus funciones y podrán ser reemplazados en cualquier momento por las entidades que los designaron. Los delegados ejercerán el cargo con carácter de ad honorem.
                            El Consejo Asesor deberá efectuar como mínimo una reunión mensual. Dictará su propio reglamento de funcionamiento con arreglo a la presente. Dicho reglamento deberá ser aprobado por los representantes de los trabajadores activos y pasivos.
                          Las resoluciones del consejo Asesor se adoptarán por simple mayoría y no se requerirá quórum para su funcionamiento.
                        Se establece como sistema de votación: un voto por representante.
                        El Directorio dentro de los treinta días de iniciado el período de gobierno, efectuará la convocatoria inicial y siguientes; hasta constituir definitivamente el Consejo Asesor. Deberá también proveer al mismo, los recursos necesarios para su eficaz funcionamiento.


ARTICULO 22:  LAS FUNCIONES DEL CONSEJO SERAN:
  1. Analizar y proponer todas las medidas que los afiliados consideren convenientes para el buen gobierno, prestación de servicios, relación con los prestadores, desenvolvimiento financiero, inversiones y todo aquello que haga a la seguridad social y bienestar general de los afiliados.
  2. Seguimiento y contralor del funcionamiento general del InSSSeP.
  3. Remitir periódicamente información a las entidades representadas en el mismo, de acuerdo con lo establecido en los apartados precedentes.
Las propuestas serán canalizadas al Directorio a través de los vocales representantes de activos y pasivos.


………………

                                   DE LA COMISION DE GESTION Y AUDITORIAS


ARTICULO 161:  Créase la comisión de Gestión y Auditorías que funcionará en el marco del consejo Asesor, creado por el artículo 21. Estará conformado por integrantes de dicho consejo, quien los designará y por funcionarios técnicos designados por el Directorio. Dependerá de la dirección General de Obra Social y tendrá carácter consultivo, deliberativo, no ejecutivo.


                                  FUNCION DE LA COMISION DE GESTION Y AUDITORIAS


ARTICULO 162: La comisión creada por el artículo anterior tendrá las siguientes funciones:
  1. Elaborar el sistema de prestaciones de salud.
  2. Elaborar el nomenclador de prestaciones del régimen de Obra Social del InSSSeP;
  3. Elaborar el vademécum de medicamentos;
  4. Emitir dictamen técnico y elaborar los proyectos de contratos de prestaciones;
  5. Monitorear el sistema prestacional;
  6. Adoptar los recaudos tendientes a asegurar la libre elección por parte de los afiliados al InSSSeP;
  7. Establecer las normas de acreditación y categorización de los prestadores y supervisar su aplicación;
  8. Proponer las normas que aseguren la eliminación del costo adicional al afiliado y a las sanciones a los prestadores que no respeten los contratos suscriptos por el InSSSeP ;
  9. Proponer las normas de auditorías y su ejecución;
  10. Implementar las actualizaciones permanentes de las funciones detalladas precedentemente.
  11. Elevar por medio de la Dirección general de Obra Social, las conclusiones e instrumentos legales acompañando los antecedentes y documentaciones con opinión y dictamen fundamentado al Directorio para su consideración y oportuno dictado de las normas propuestas,
  12. Elaborar y auditar en todos los temas inherentes a la obra Social en pos de garantizar la calidad de la atención y su continuidad asegurando la atención integral de la salud de los afiliados.


      
 
                                  MECANISMOS ORGANIZATIVOS Y ADMINISTRATIVOS
                                       DE LA COMISION DE GESTION Y AUDITORIAS

ARTICULO 163:  La Dirección General de Obra Social implementará los mecanismos tendientes a cumplimentar los objetivos y fines de la Comisión de Gestión y Auditorías formando parte de su propia organización y administración. El Directorio implementará los mecanismos tendientes a lograr los objetivos y fines de la misma.

                                 ECONOMIA DE LAS DESIGNACIONES DE INTEGRANTES
                                 DE LA COMISION DE GESTION Y AUDITORIAS


ARTICULO 164: Los funcionarios designados por el Directorio deben ser los que revistan como agentes de planta permanente de la Dirección general de Obra Social, quienes no percibirán remuneración extraordinaria alguna por el desempeño de tal función. Los representantes designados por el Consejo Asesor ejercerán sus funciones ad-honorem.


……………………..

                                   SEGURO SOCIAL DE VIDA OBLIGATORIO


                                           CONDICIONES GENERALES


ARTICULO 194: El InSSSeP garantiza y se obliga a cubrir los siniestros previstos en las presentes condiciones generales.
                            La cobertura que por la presente ley se asegura, tiene vigencia automática para el seguro obligatorio, no requiere por lo tanto solicitud de incorporación alguna.


MANTENIMIENTO DEL ASEGURAMIENTO


El InSSSeP, garantiza la cobertura del seguro social obligatorio y los adicionales correspondientes, a aquellos agentes públicos que a  la fecha de entrada en vigencia de las presentes condiciones generales de aseguramiento, están realizando los respectivos aportes al efecto.  


…………………………….


                                      TITULO IV -   REGIMENES DIFERENCIADOS
                                        CAPITULO I – REGIMEN POLICIAL
                                           DE RETIROS Y PENSIONES


ARTICULO 94:  El régimen policial de retiros y pensiones de la Provincia del Chaco, será financiado por el Estado provincial. Los aportes jubilatorios y contribuciones y egresos para el sistema previsional formarán parte del presupuesto del Ministerio de Gobierno, Justicia, Seguridad y trabajo, y serán imputados a las partidas correspondientes de dicha jurisdicción.
El régimen de Obra Social, Alta Complejidad, Seguro Social, Préstamos y Subsidios reintegrables se cumplimentará de acuerdo con la presente ley.
El InSSSeP mantendrá el otorgamiento y gestión desde el punto de vista administrativo, técnico y legal del régimen policial de retiros y pensiones, imputándose el gasto administrativo a la jurisdicción explicitada.





INSSSEP: GREMIOS ESTATALES Y ENTIDADES DE JUBILADOS ACUDEN A LA LEGISLATURA

    Resistencia, 16 de septiembre de 2014.-


INSSSEP:   GREMIOS ESTATALES Y ENTIDADES DE JUBILADOS ACUDEN A LA LEGISLATURA


RECLAMAN MODIFICACIONES A LA ACTUAL LEGISLACION A LA BREVEDAD


Los gremios estatales y asociaciones de jubilados que se detallan al pie, en la reunión última del   corriente mes y año,  han resuelto un plan de acción inmediato que incluye acudir ante el Poder Legislativo con la finalidad que seguidamente se expone:
En el marco del proyecto de modificación integral de la ley 4044/94, propuestos por los trabajadores activos y pasivos afiliados al InSSSeP, presentado en el año 2009 –al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo-, y en razón de la situación existente en el presente, resulta imperioso exigir la reforma a la actual legislación, a la brevedad,  en los ítems que se mencionan seguidamente:
  1. Prohibición absoluta de compensación entre los distintos fondos que administra el InSSSeP (artículo 30, 31, 32 y 36 del proyecto general citado).
  2. Creación de un organismo de consulta y de control en el InSSSeP, integrado por representantes de las entidades sindicales de activos y  de organizaciones civiles de pasivos (artículos 21, 22, 161, 162, 163 y 164 del proyecto general citado).
  3. Establecer para los seguros como plazo máximo de pago un período de noventa (90) días posteriores al siniestro (artículo 194 del proyecto general citado).
  4. Traspaso financiero del régimen policial al Estado provincial e incorporado presupuestariamente al Ministerio de Gobierno, Justicia, Seguridad y Trabajo (artículo 94 del proyecto general citado).
  5. Una ley especial garantizará el recupero de las deudas que mantengan con el InSSSeP, luego de cada ejercicio financiero cualquier Organismo del Estado provincial.
Se adjuntan textualmente los artículos antes citados.
La decisión gremial expuesta, ha sido presentada en el día de la fecha ante la Presidencia y cada uno de los bloques del Parlamento chaqueño.


ATECH; - FEDERACION SITECH;  -SEJCH;- UPCP-; UTJCH-; CTA-; ASAVICH;- AGUEL-; APTSACH;- INSSSEP CTA;- AMUDOCH; MUNICIPALES CTA;- CENTRO DE JUBILADOS SALUD CHACO-, JUBILADOS DE DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIAL; - ADOJUPROCH-; VOCALIA ACTIVA Y SINDICATURA ELECTAS POR LOS AFILIADOS.

PRIMICIASCHACO
Resistencia
Martes 16.09.2014 
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lunes, 15 de septiembre de 2014

ATECH REALIZO SU SORTEO DE CRUZADA SOLIDARIA CORRESPONDIENTE AL MES DE SEPTIEMBRE

RESISTENCIA, 15  de SEPTIEMBRE de 2014.-

ATECH REALIZO SU SORTEO DE CRUZADA SOLIDARIA              CORRESPONDIENTE AL MES DE SEPTIEMBRE


La ATECH, en la mañana de este viernes, en el salón del ATECH SAHARA Hotel concretó su sorteo mensual de obsequios para los socios adheridos a la cruzada solidaria, proyecto que nació para con la adquisición del ATECH Sahara y para su mantenimiento, ofreciendo costos especiales de alojamiento para los socios del Gremio.
El sorteo se llevó a cabo a través del sistema de bolilleros de LOTERÍA CHAQUEÑA, supervisado por ésta, encabezado por la Secretaria General del Gremio Rosa Petrovich, con la presencia de colegas afiliados que circunstancialmente se encuentran alojados en su hotel,  y los colegas que resultaron beneficiados son:
1.- Con el número 813  (ochocientos trece), PRIMER PREMIO: un ciclomotor 110 c.c.,  para la afiliada FERRARIS ANA MARIA D.N.I. Nº 5.381.282, colega Jubilada Nº 32620,  de la Seccional  SAN FERNANDO DE ATECH.-
2.- Con el número 2087 (dos mil ochenta y siete), SEGUNDO PREMIO: un microondas, para la afiliada ROMERO MARIA E. D.N.I. Nº 4.174.465, colega jubilada Nº 30784,  de la Seccional SAENZ PEÑA DE ATECH -
3.- Con el número   2329 (dos mil trescientos veintinueve) TERCER PREMIO: dos días de estadía sin costo para el afiliado y su grupo familiar primario en el ATECH SAHARA Hotel, para el afiliado STROSCHEIN FEDERICO D.N.I Nº 17.033.195  de la Seccional VILLA ANGELA DE ATECH.-
El próximo sorteo de cruzada solidaria se efectivizará el día viernes 18 de OCTUBRE de 2014.
La ATECH felicita a los colegas que hoy se han hecho acreedores de los premios obsequios comprometidos, y agradece la confianza y el respaldo permanente del conjunto de los asociados para con el Gremio, en cada uno de sus emprendimientos. HOY, con la remodelación total de diez semipisos del ATECH Sahara Hotel, de cinco habitaciones cada uno (6º B; 6º A;  5º B; 5º A; 4 “B”; 4 “A” y 3 “A”, 3“B”;  3 “A” y 2 “B” y 2 “A”); toda su parte alta, terraza, depósito y el salón de usos múltiples del mismo, habiéndose culminado a la fecha la refacción total del piso 2do. “A” –con sus cinco habitaciones-, con el que se completaron el total de diez semipisos refaccionados totalmente, piso completo que fue inaugurado y en pleno uso al día de hoy; con la modernización de su nuevo sistema de agua caliente, ascensor, renovación de sistema eléctrico, entre otras refacciones que se están llevando a cabo. Hoy con la refacción total en marcha y avanzada del piso 1º “B”.
Seguimos trabajando con el mismo grado de compromiso y de responsabilidad de siempre, por los mejores servicios para nuestros colegas y sus familias, también en la faz social como puede apreciarse a diario, acompañando el intenso accionar gremial de la ASOCIACION de TRABAJADORES de la EDUCACIÓN del CHACO –A.T.E.CH.-  que es el pie fundamental de nuestra Organización Sindical, en plena lucha por nuestras reivindicaciones!
En el mes de septiembre, tan caro a los sentimientos de todos los docentes, la ATECH ha hecho llegar su salutación a toda la familia docente chaqueña, a través de sus seccionales y delegaciones de toda la Provincia, haciendo votos para que quienes tienen poder de decisión pongan los oídos en los legítimos reclamos de los trabajadores de la educación y brinden las respuestas correspondientes a las justas reivindicaciones.

ATECH FIJO POSICION SOBRE PROYECTOS DE LEY No 3297/14 Y 3298/14 DEL MINISTERIO DE EDUCACION EN LA CAMARA DE DIPUTADOS

Resistencia, 15 de septiembre de 2014.- ATECH FIJO POSICION SOBRE PROYECTOS DE LEY No 3297/14 Y 3298/14 DEL MINISTERIO DE EDUCACION EN LA CAMARA DE DIPUTADOS SOLICITO AUDIENCIA A LA COMISION DE EDUCACION El 12 del corriente, la ATECH, formalmente –bajo el No 13957/14 de Actuación Simple- ha presentado su posición por escrito a la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, sobre los proyectos de ley números 3297/14 y 3298/14 de autoría del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia del Chaco, referidos a la concentración horaria de los docentes y a la nueva estructura curricular. POSICION DE ATECH SOBRE PROYECTO No 3297/2014 –de CONCENTRACION HORARIA- ATECH planteó su acuerdo con que el docente pueda proceder a la concentración de tareas en los distintos niveles y modalidades. Lo que fue para algún sindicato, la “propaganda para las elecciones de juntas de clasificación” hoy vemos que solo han sido “buenas intenciones” que creemos –sin ser mal pensados-, que todos las tenemos, pero lo importante es saber cómo cristalizar esas buenas intenciones. ATECH, antes de hablar de concentración de tareas, ha exigido no siempre con éxito, el cumplimiento de la ley que regula la tarea del colega docente (ley 3529 Estatuto del Docente y su reglamentación) en lo concerniente a las acciones que debería llevar adelante el Ministerio año a año, como por ejemplo los concursos, de ingreso, acrecentamiento, traslados, reincorporaciones, permutas, ascensos. Estas acciones que no fueron llevadas adelante, han provocado el dictado de leyes contra el mismo, como por ejemplo la titularización masiva, que como Sindicato creíamos que existían soluciones para todos los colegas involucrados, sin llegar a hacer lo que hizo el Ministerio, que era desconocer la ley del Estatuto del Docente. Nuestro proyecto contemplaba a todos pero no asumiendo dobles discursos, como por ejemplo “calidad” y luego haciendo “como que”. El proyecto de ley No 3297/14 –de concentración horaria- que envió el Ministerio a la Cámara de Diputados no respeta en lo más mínimo la ley del Estatuto del Docente, y daría al Ministerio de Educación “la potestad” para concentrar en forma compulsiva la tarea de los docentes con “medidas excepcionales” que no se manifiestan en lo más mínimo en el presente proyecto que según entendemos, aparecerían en decretos o resoluciones del mismo Ministerio. Como Sindicato entendemos que la ley del Estatuto del Docente debe contemplar las acciones que en el anteproyecto se indican como excepcionalidades, de manera expresa (deben ser debatidas las excepcionalidades que se mencionan en el proyecto e incorporadas a la ley del Estatuto del Docente); el o los decretos y la o las resoluciones, no pueden ser los instrumentos legales que determinen cuáles son las excepcionalidades!. La concentración horaria debe entenderse como un derecho del colega docente y no como una obligación, que en muchos casos lo podría perjudicar. El discurso de la propaganda no era casualmente lo que hoy se pretende plasmar en un proyecto que solamente tiene buenas intenciones al parecer. El Ministerio de Educación debe ser el garante de acuerdos entre docentes titulares entre sí y entre docentes interinos entre sí. Los acuerdos entre docentes con distinta situación de revista se podrían prestar a atajos legales contra lo normado por ejemplo, ascensos, traslados, permutas etc. Las leyes deben ser cumplidas y si vemos que los resultados son negativos al llevárselas a la práctica, se debe consensuar su derogación en su totalidad o modificación parcial. Cambiar lo que no se cumplió es un absurdo porque estaríamos aseverando que no sirve lo que no hicimos. El docente no debe perder el derecho a elegir lo que más entiende que le conviene respecto a su mejora de condiciones de ubicación laboral y su concentración de tareas. Nuestro Estatuto del Docente, sabiamente en gran parte, hoy da esa respuesta simplemente al Estatuto no se lo cumple. No podemos dejar al arbitrio del Ministerio de Educación el dictado de las excepcionalidades que pasarían a ser situaciones individuales o de dos personas solamente, y daría la posibilidad de discrecionalidades (por ejemplo: direcciones de escuelas de reciente creación, lo que tendría que ser una ley muy reglamentarista para evitar los excesos pasaría a ser una ley que contemple todas las discrecionalidades posibles). El artículo 3o del anteproyecto en cuestión, habla de movimientos que no se especifican y entre docentes de distintas situaciones de revista, lo cual en ningún momento permitiría establecer sus límites, recordando que todo lo que la ley no prohíbe estaría en condiciones de poder hacerse. Creemos desde ATECH que los señores diputados tendrían que debatir sobre un proyecto concreto y no solo que contemple buenas intenciones. Es llamativo que el proyecto 3298/14 que envía el Ministerio de Educación a la Cámara, (cambios curriculares) contempla todas las excepcionalidades que se quieren tomar en pos de la defensa del trabajador docente y el 3297/14 no. A los Señores diputados, expresamos desde ATECH que consideramos prácticamente imposible el dictado de una norma que concentre la tarea del docente especialmente en el nivel medio, con el régimen laboral existente a la fecha, el camino podría ser el cambio de régimen como profesores por cargo, con tiempos parciales o exclusivos que por supuesto demandarían otro tipo de presupuesto. Demás está reiterar, que contribuye en gran parte a concentrar tareas, cuando el docente elige donde trabajar, cuando participa de los concursos establecidos en la ley 3529 t.a. Estatuto del Docente y 5215 t.o. Todas las acciones que se hicieran en el sentido de la concentración horaria deben estar dentro del marco de la ley citada y no como leyes satélites por fuera del mismo. POSICION DE ATECH SOBRE EL PROYECTO No 3298/2014 ATECH concuerda con los términos del proyecto 3298/2014 porque contempla disponer de medidas excepcionales ante la transitoriedad de la nueva estructura curricular, pero en el mismo texto de la ley desarrolla las excepcionalidades que tendría como facultad el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología. ATECH propone que en el artículo 3o del citado proyecto, se incluya que, las horas que incorpore el docente, en el período de transición o transitoriedad, gozará/n del mismo derecho de licencia que el grupo de horas a la que se anexa, hasta el momento de la opción definitiva. En el artículo 4o proponemos que el docente mantenga el derecho de opción hasta el momento de finalización del período de transformación curricular, optando dentro de las posibilidades dentro de las opciones realizadas o nuevas posibles, en el momento o al momento de hacer la reubicación definitiva por la junta de clasificación respectiva, respetando las incompatiblidades previstas en la ley, respecto al incremento de horas o cargo.