Resistencia, 17 de junio de 2015.-
INSSSEP:
ATECH RECLAMA EL SANEAMIENTO DE LA OBRA SOCIAL PROPUESTO POR LOS ESTATALES CHAQUEÑOS-
En el marco de las actividades y acciones múltiples que se definieron en reuniones convocadas por la ATECH durante todo el año 2014, -y que se han llevado adelante, en forma conjunta con la gran mayoría de los gremios estatales y asociaciones de jubilados, acordándose un plan de acción a corto, mediano y largo plazo, el Gremio ratifica la posición de público conocimiento, como las acciones que oportunamente definieran y concretaran los trabajadores estatales chaqueños a través de sus respectivas organizaciones sindicales.
La ATECH recuerda que, desde el arco gremial chaqueño se ha reclamado y reclama permanentemente el tratamiento de la nueva ley orgánica del InSSSeP, elaborada por los representantes de activos y pasivos chaqueños en el año 2009, y que permitirían un auténtico y efectivo gobierno del Organismo por parte de los trabajadores –previo saneamiento financiero del mismo-; para finalizar con la irregularidad permanente de los servicios de nuestra Obra Social prestados en forma parcial; con un vademécum totalmente acotado; con la plena vigencia y generalización prácticamente total del cobro del plus médico; con el incumplimiento vergonzoso del pago de los seguros que anula en los hechos la cobertura de la contingencia de muerte; entre otros.
PLAN DE ACCION DEFINIDO POR LOS ESTATALES CHAQUEÑOS Y VOLCADO A LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
A raíz de la situación existente y en el marco del proyecto de modificación integral de la ley 4044/94 elaborado y propuesto por los trabajadores estatales chaqueños activos y pasivos a través de sus respectivas organizaciones gremiales, como ATECH hemos resuelto, exigir la reforma imperiosa a la actual legislación, a la brevedad en los siguientes ítems:
- Prohibición absoluta de compensación entre los distintos fondos que administra el InSSSeP (arts. 30, 31, 32 Y 36 del proyecto general citado); - creación de un organismo de consulta y de control en el InSSSeP integrado por representantes de las entidades sindicales de activos y de organizaciones civiles de pasivos (arts. 21, 22,161, 162, 163 y 164 del proyecto citado); - establecer para el pago de los seguros plazo máximo de noventa (90) días posteriores al siniestro (art. 194 del proyecto citado); -traspaso financiero del régimen policial al Estado provincial incorporado presupuestariamente al Ministerio de Gobierno (art. 94 del proyecto citado); y una ley específica que garantice el recupero de las deudas que mantenga con el InSSSeP, luego de cada ejercicio financiero, cualquier Organismo del Estado Provincial.
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